
| HB 1549 la ley ayude a votar a America (HAVA) |
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El 29 de octubre del 2002, la Ley Ayude a Votar a América (HAVA) fue promulgada por el presidente como ley. Ésta constituyó muchos mandatos para los gobiernos estatales y municipales. Las boletas electorales impugnadas se escudriñarán durante el conteo oficial de las boletas, pero las boletas electorales provisionales no se escudriñarán hasta después de que tanto el Juez, como el Registrador de Electores hayan determinado la validez del registro del elector. El Registrador de Electores cuenta con un plazo máximo hasta el tercer día hábil posterior a las elecciones para dar su respuesta. En ese entonces, el Consejo de Elecciones Anticipadas se volverá a reunir para escudriñar las boletas electorales provisionales y sumarlas al conteo final de todas las boletas. El ayuntamiento municipal podrá entonces escudriñar en su totalidad las elecciones convocadas. El Juez del Consejo de Boletas para las Elecciones Anticipadas tendrá un plazo de diez dias hábiles posteriores a las elecciones para notificar si se rechazó o aceptó cualquier boleta electoral. Si desea más información de la Ley Ayude a Votar a América (HAVA), por favor haga clic aquí. |